Protocolo jurídico ante una filtración de datos: qué definir antes del incidente
Antes de una filtración, la empresa debe saber quién decide, qué hechos registrar, qué regímenes revisar y cómo conservar evidencia bajo presión.
Privacidad · Preparación regulatoria
Evaluamos brechas, documentos, proveedores, bases legales y procedimientos internos para preparar a tu empresa frente a la nueva regulación chilena de datos personales.
Ver las etapas del trabajoLa Ley 21.719 fue publicada y entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026. La reforma amplía los derechos de las personas, incorpora deberes de información, seguridad y responsabilidad, y crea una autoridad especializada con facultades fiscalizadoras. Para una empresa, el desafío es traducir esas reglas a procesos, sistemas, contratos y responsables concretos.
Una política de privacidad aislada no permite acreditar una adecuación real. Primero hay que identificar qué datos se recogen, para qué se usan, con qué base jurídica, por cuánto tiempo se conservan, quién accede a ellos y qué proveedores participan. Con ese mapa es posible priorizar brechas y construir un plan proporcionado al tamaño, actividad y riesgo de la organización.
Espacio interactivo
Recorre las etapas en orden. Cada una termina con un resultado concreto; el alcance final se acuerda antes de empezar.
Etapa 1 de 5
Acordamos sociedades, procesos, sistemas y equipos incluidos. Entrevistamos a responsables y reunimos la documentación disponible.
Al cerrar la etapa
Alcance de la revisión, lista de antecedentes y mapa preliminar de tratamientos.
Etapa 2 de 5
Contrastamos los tratamientos con sus finalidades, bases jurídicas, deberes de información, contratos, derechos, seguridad y conservación.
Al cerrar la etapa
Matriz de brechas con evidencia, nivel de urgencia y responsable sugerido.
Etapa 3 de 5
Ordenamos medidas por riesgo, dependencia y esfuerzo, separando ajustes documentales, contractuales, operativos y tecnológicos.
Al cerrar la etapa
Hoja de ruta priorizada, hitos, responsables y criterios de cierre.
Etapa 4 de 5
Preparamos o ajustamos los documentos contratados y acompañamos a los equipos responsables en la puesta en práctica de los nuevos flujos.
Al cerrar la etapa
Documentos de trabajo, procedimientos aplicables y registro de decisiones.
Etapa 5 de 5
Revisamos la evidencia de implementación, dejamos pendientes visibles y definimos cuándo debe actualizarse el programa.
Al cerrar la etapa
Informe de cierre de etapa, problemas que siguen pendientes y plan de seguimiento.
El alcance final se define después de revisar antecedentes. Estos son los frentes que normalmente ordenamos.
Levantamos categorías de datos y titulares, fuentes, finalidades, sistemas, accesos, destinatarios, proveedores, transferencias y plazos de conservación.
Revisamos la justificación de cada tratamiento, los mecanismos de consentimiento cuando corresponda y la información que recibe cada titular.
Diseñamos un flujo para recibir, verificar, resolver y registrar solicitudes, con responsables y criterios de escalamiento.
Definimos qué responsabilidad tiene cada parte y revisamos contratos con proveedores que usan o reciben datos, incluidas sus instrucciones, subcontratistas, medidas de seguridad y obligaciones al terminar el servicio.
Conectamos los deberes jurídicos con medidas técnicas y organizativas, privacidad desde el diseño y un protocolo de evaluación y reporte de vulneraciones.
Identificamos operaciones que podrían requerir una evaluación de impacto, en especial perfiles, decisiones automatizadas, monitoreo, datos sensibles o tratamientos a gran escala.
Definimos responsables, evidencia mínima, capacitación, prioridades y un calendario de trabajo que la empresa pueda seguir y actualizar.
Si no tienes todo, partimos con lo disponible y dejamos visible qué falta. No envíes claves ni información sensible por un canal no acordado.
Antes de empezar, la propuesta indicará qué incluye el servicio, quién participa, cómo trabajaremos y cuánto costará.
El plazo se define después de delimitar el alcance y revisar la disponibilidad de antecedentes. Una empresa con pocos tratamientos y documentación ordenada puede avanzar por etapas más acotadas; una operación con varias sociedades, sistemas o datos sensibles requiere un programa más extenso. Las fechas son estimativas y se ajustan según hallazgos, decisiones internas y dependencias técnicas.
Puede variar según
El precio depende del alcance de cada caso. Recibirás una cotización antes de comenzar.
Preguntas frecuentes
La Ley 21.719 entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026. Hasta el 30 de noviembre de 2026 continúa vigente el régimen actual de la Ley 19.628. Un plan de adecuación debe considerar ambos momentos y evitar que la preparación futura descuide las obligaciones que ya rigen.
La aplicación no depende solamente del tamaño de la empresa. Importan los tratamientos realizados, el tipo y volumen de datos, las finalidades, la actividad y el riesgo. La propia ley contempla que ciertos estándares mínimos consideren, entre otros factores, el tamaño de la entidad, por lo que el alcance debe ser proporcionado y no una plantilla idéntica para todas las organizaciones.
No. El consentimiento es una base posible, pero la ley también contempla otros motivos legales que permiten usar datos. Cada tratamiento debe vincularse con la base jurídica que realmente corresponde y la empresa debe poder acreditarla; pedir consentimiento por defecto puede ser incorrecto si no refleja la operación o si existe otra regla aplicable.
La Ley 21.719 no establece una obligación general de designar un delegado de protección de datos para toda empresa. Sí lo incluye como elemento del modelo voluntario de prevención de infracciones. La conveniencia de una función interna o externa de privacidad depende del riesgo, volumen de tratamientos, estructura y necesidad de seguimiento.
Por un inventario verificable de tratamientos: qué datos se usan, de quiénes, para qué, en qué sistemas, durante cuánto tiempo y con qué terceros. Sin ese mapa es difícil revisar bases jurídicas, avisos, contratos, derechos, seguridad o evaluaciones de impacto con prioridades reales.
No. La política es una pieza visible, pero debe coincidir con la práctica. La adecuación también puede exigir procedimientos para derechos, reglas de conservación, contratos con encargados, controles de acceso, respuesta a incidentes, privacidad desde el diseño y evidencia de las decisiones adoptadas.
Legalcore puede diagnosticar, preparar documentos, acompañar la implementación y revisar evidencia dentro de un alcance acordado. No reemplaza a la autoridad ni ofrece una certificación oficial. Cualquier conclusión debe indicar el alcance revisado, la fecha, los problemas que siguen pendientes y los supuestos utilizados.
Revisado el . Contenido informativo. La recomendación aplicable requiere revisar la operación y los antecedentes de cada organización.
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile · LeyChile
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Diario Oficial de la República de Chile
Antes de una filtración, la empresa debe saber quién decide, qué hechos registrar, qué regímenes revisar y cómo conservar evidencia bajo presión.
El artículo 15 bis fija seis contenidos mínimos y reglas adicionales para instrucciones, delegación, seguridad, incidentes y término. El contrato debe reflejar la operación real.
Con cerca de tres meses por delante, la prioridad no es acumular políticas: es decidir qué procesos importan, cerrar brechas críticas y probar que los controles funcionan.
Antes de cambiar políticas o comprar herramientas, conviene entender qué datos trata la empresa, por qué los usa y quién interviene.
Siguiente paso
Cuéntanos qué necesitas revisar y qué plazo debes cuidar. Te diremos qué antecedentes faltan y si podemos ayudarte.